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Foto del escritorMarlene Diedrich

COP3 del Acuerdo de Escazú. Desafíos para garantizar la democracia ambiental

Marlene Diedrich

Abogada. Esp. Derecho Ambiental

Directora del Área de Derecho y Justicia Ambiental FNGA

 

La protección del ambiente requiere el fortalecimiento de la democracia ambiental, a través del desarrollo y respeto de los derechos de acceso.




El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, conocido como Acuerdo de Escazú, tiene como objetivo principal garantizar la implementación plena y efectiva por los gobiernos de la región, de los derechos de acceso a la información ambiental, la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y el acceso a la justicia ambiental, así como la protección de los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales.

En virtud de su entrada en vigencia en 2021, del 22 al 24 de abril se llevó a cabo en la sede de la CEPAL en Santiago, Chile, la Tercera Reunión de la Conferencia de las Partes (COP 3) del primer tratado ambiental de América Latina y el Caribe.


Entre los desafíos de la COP se resalta en primer lugar, lograr que todos los países de América Latina y el Caribe sean Parte del Acuerdo ya que hasta el momento se cuenta con la firma de 24 países de América Latina y el Caribe y con 15 Estados Partes.


Por otro lado, el segundo gran desafío es avanzar en la implementación de los contenidos del Acuerdo ya que para lograr mayor justicia social y, a la vez proteger el ambiente, se requiere que la ciudadanía y, especialmente, las personas y grupos en situación de vulnerabilidad cuenten con procedimientos que les faciliten el ejercicio de sus derechos a la información, la participación y la justicia en asuntos ambientales.

Por último, el tercer desafío refiere a la aprobación de un plan de acción sobre la protección de las personas, grupos y organizaciones que promueven y luchan por la protección del ambiente, puesto que se trata de la región más peligrosa para los defensores del ambiente.


En virtud de la ratificación del acuerdo por Argentina en 2020 mediante la Ley 27.566, surge el interrogante si el ordenamiento jurídico argentino garantiza el cumplimiento progresivo de sus disposiciones. Para dar respuesta a dicho cuestionamiento, resulta necesario reflexionar sobre las dificultades y desafíos de la implementación efectiva del Derecho Ambiental en Argentina, resaltándose la imperiosa necesidad del desarrollo y respeto de los derechos de acceso por parte de las autoridades públicas, en todos los niveles y jerarquías de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial a fin de consolidar y potenciar los derechos de la ciudadanía para la construcción de un modelo de gobernanza para el desarrollo sostenible y posibilitando superar los obstáculos que impiden la plena efectividad del Derecho Ambiental.




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